El LIBRO EDIFICIO. OBLIGATORIEDAD DE ENTREGA POR EL PROMOTOR A LOS USUARIOS FINALES DEL EDIFICIO
Es importante tener en cuenta que en la adquisición de la vivienda, el promotor debe entregar a los adquirentes /usuarios finales una serie de documentación. Entre ellos, el denominado LIBRO EDIFICIO, que nuestros abogados inmobiliarios definen como el conjunto de documentos técnicos, jurídicos y administrativos que, una vez finalizada la construcción de un edificio.
El libro edificio está constituido por:
- La descripción de las características constructivas del edificio.
- Las instrucciones de uso y mantenimiento necesarias para permitir la conservación del buen estado del edificio y sus instalaciones complementarias, incluyendo un plan de mantenimiento del edificio con la planificación de las operaciones programadas para el mismo y el de sus instalaciones.
- A este contenido mínimo, la normativa autonómica o el promotor, de forma voluntaria, puede añadir otros contenidos o documentación adicionales.
El libro del edificio deberá actualizarse y completarse en supuestos de obras de ampliación, reforma o rehabilitación de todo o parte del edificio. También deberán incluirse elementos accesorios como por ejemplo, las piscinas…
Importante señalar, que existen normativas específicas en determinadas Comunidades Autónomas ( Comunidad de Madrid, Catalunya…)
El objetivo del libro del edificio es proporcionar a los usuarios finales información necesaria para el adecuado mantenimiento del edificio, y que, en caso de incumplirse, tendría como consecuencia , la exención de responsabilidad de los agentes intervinientes en el proceso de edificación, e incluso la pérdida de cobertura de los seguros obligatorios .
El libro es obligatorio para todas las obras de construcción o modificación o rehabilitación integral de todas las edificaciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley de Ordenación de la Edificación.
Como han indicado nuestros abogados en derecho inmobiliario, el promotor es el responsable de entrega del Libro Edificio, aunque hayan participado otros técnicos.
Esta obligatoriedad de entrega del Libro edificio a los usuarios finales del edificio ha sido corroborada por la Jurisprudencia.